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Legislación › Ley 5/2021, de 21 de diciembre, de medidas urgentes de impulso de los sectores primario, energético, turístico y territorial de Canarias.

Disposición transitoria cuarta. Infracciones urbanísticas en materia de comunicaciones previas.

Disposición transitoria cuarta. Infracciones urbanísticas en materia de comunicaciones previas.

Las modificaciones de los artículos 372 y 395 de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, a las que se refiere la disposición final séptima, apartados veintinueve y treinta, no serán de aplicación a las infracciones cometidas antes de la entrada en vigor de la presente ley en la medida en que sean desfavorables o más restrictivas para las personas responsables.

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