Legislación › Real Decreto-ley 2/2022, de 22 de febrero, por el que se adoptan medidas urgentes para la protección de los trabajadores autónomos, para la transición hacia los mecanismos estructurales de defensa del empleo, y para la recuperación económica y social de la isla de La Palma, y se prorrogan determinadas medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica.
Disposición adicional séptima. Plan Nacional de vigilancia sísmica, vulcanológica y de otros fenómenos geofísicos.
Disposición adicional séptima. Plan Nacional de vigilancia sísmica, vulcanológica y de otros fenómenos geofísicos.
1. El Plan Nacional de vigilancia sísmica, vulcanológica y de otros fenómenos geofísicos es el instrumento de planificación para la optimización de los recursos y mejora de los sistemas de vigilancia, detección y regulación técnica en la materia.
2. El Plan contendrá las medidas de refuerzo de las redes de vigilancia, promoviendo su gestión colaborativa y su densificación, con la finalidad de avanzar en el conocimiento y en la investigación que permita mejorar la elaboración de pronósticos a largo, medio y corto plazo.
3. El Plan tendrá una vigencia cuatrienal, sin perjuicio de su revisión cuando las circunstancias lo aconsejen.
4. Corresponderá al Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, la aprobación del Plan, así como sus eventuales revisiones. Para su elaboración, el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana constituirá un grupo de trabajo en el que participarán los departamentos implicados en su ámbito de actuación, así como el resto de administraciones Públicas.
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