LexTotal

Legislación › Ley 2/2022, de 23 de febrero, de igualdad, reconocimiento a la identidad y expresión de género y derechos de las personas trans y sus familiares en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Artículo 48. Cooperación internacional al desarrollo.

Artículo 48. Cooperación internacional al desarrollo.

El Plan General y los planes anuales riojanos de cooperación para el desarrollo impulsarán expresamente aquellos proyectos que promuevan y defiendan el derecho a la vida, la igualdad, la libertad y la no discriminación de las personas por motivos de identidad y expresión de género en aquellos países en donde estos derechos sean negados o dificultados, legal o socialmente, así como la protección de estas personas frente a las persecuciones y represalias.

← Artículo 47 Índice Artículo 49 →