Legislación › Orden
Orden HFP/184/2022, de 8 de marzo, por la que se regula el contenido del Registro especial de operadores de embarcaciones neumáticas y semirrígidas de alta velocidad, el procedimiento para la inscripción de los operadores, el régimen para la utilización, circulación y tenencia de las mismas, y se aprueban los modelos de certificado de operador de embarcaciones neumáticas y semirrígidas de alta velocidad y de autorización de uso de las mismas.
En vigor Ministerio de Hacienda y Función Pública · Publicada el 15 de marzo de 2022 · Último cambio el 15 de marzo de 2022 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Contenido del Registro Especial de Operadores de Embarcaciones Neumáticas y Semirrígidas de Alta Velocidad.
- Artículo 3. Formalización de solicitudes.
- Artículo 4. Régimen específico de los solicitantes no identificados a través de DNI, NIF o NIE.
- Artículo 5. Datos mínimos de la solicitud de inscripción en el Registro.
- Artículo 6. Datos mínimos de la solicitud de autorización de uso.
- Artículo 7. Régimen específico de la fabricación industrial.
- Artículo 8. Procedimiento simplificado de arrendamiento.
- Artículo 9. Procedimiento simplificado de reparación o reforma.
- Artículo 10. Validación de la solicitud.
- Artículo 11. Notificaciones y avisos.
- Artículo 12. Certificado de Operador de Embarcaciones Neumáticas y Semirrígidas de Alta Velocidad.
- Artículo 13. Certificado de Autorización de Uso de Embarcación Neumática o Semirrígida de Alta Velocidad.
- Disposición adicional única. Tratamiento de datos personales.
- Disposición final primera. Habilitación.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
- [firma]
- ANEXO I
- ANEXO II
- ANEXO III
- ANEXO IV
- ANEXO V
- ANEXO VI


