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Legislación › Orden ISM/208/2022, de 10 de marzo, por la que se crea el Comité Ético vinculado a los itinerarios de inclusión social.

Artículo 4. Objetivo general y líneas de actuación.

Artículo 4. Objetivo general y líneas de actuación.

1. El Comité Ético tiene como objetivo general promover la protección de los derechos humanos y la integración de los principios y valores morales en la toma de decisiones con el objetivo final de mejorar la calidad de los proyectos y asegurar un tratamiento equitativo y apropiado a cada participante.

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