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Legislación › Circular 2/2022, de 15 de marzo, del Banco de España, sobre normas para el envío al Banco de España de estadísticas de pagos por parte de proveedores de servicios de pago y operadores de sistemas de pago.

Norma 1. Ámbito de aplicación (agentes informadores).

Norma 1. Ámbito de aplicación (agentes informadores).

La presente circular será aplicable a los siguientes agentes informadores:

a) los proveedores de servicios de pago, según se definen en el artículo 3, apartado 32, del Real Decreto-ley 19/2018, con establecimiento en España, y

b) los operadores de sistemas de pago, según se definen en el artículo 1, apartado d), del Reglamento (UE) 1409/2013, establecidos en España.

Ambos formarán la población informadora real a los efectos de esta circular.

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