Legislación › Ley 2/2022, de 18 de febrero, de Aguas de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
Artículo 31. Exención de licencia municipal.
Artículo 31. Exención de licencia municipal.
Las obras relativas a las infraestructuras de abastecimiento y depuración, promovidas por la Junta de Comunidades y aquéllas que no agotan su funcionalidad en el término municipal en que se ubiquen, no estarán sujetas a licencia ni a cualquier acto de control preventivo municipal. Dicha intervención quedará sustituida por el trámite de consulta previsto en la legislación urbanística, salvo las obras o actuaciones realizadas para hacer frente a situaciones de emergencia.


