Legislación › Ley 2/2022, de 18 de febrero, de Aguas de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
Artículo 93. Tipo de gravamen.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 28 de agosto de 2022 y la del 22 de marzo de 2024.
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Artículo 93. Tipo de gravamen.
El tipo de gravamen del canon de aducción, expresado en euros por metro cúbico, se fija para el abastecimiento de agua tratada en alta en 0,39 €/m3 y se prorrogará para los ejercicios sucesivos mientras no sea modificado o derogado expresamente. La Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma contemplará anualmente la actualización del canon según el estudio económico justificativo correspondiente. correspondiente, y contemplará en su caso un canon de aducción específico para el abastecimiento de agua bruta en alta.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 22 de marzo de 2024 En vigor | BOE-A-2024-10149 | Leer | Qué cambió |
| 28 de agosto de 2022 | Texto original | Leer |


