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Legislación › Ley 2/2022, de 18 de febrero, de Aguas de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

Disposición transitoria cuarta. Instrumentos de ordenación territorial y planificación urbanística.

Disposición transitoria cuarta. Instrumentos de ordenación territorial y planificación urbanística.

Lo dispuesto en el artículo 18.2 se entenderá igualmente aplicable para aquellos instrumentos de ordenación territorial y urbanística que, a la entrada en vigor de esta ley, hayan sido informados favorablemente por la Agencia del Agua de Castilla-La Mancha.

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