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Legislación › Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania.

Disposición adicional quinta. Descuentos del bono social de electricidad hasta el 31 de diciembre de 2022.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 31 de marzo de 2022 y la del 27 de junio de 2022. Tachado: lo que se quitó (4 palabras). Subrayado: lo que se añadió (4 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición adicional quinta. Descuentos del bono social de electricidad hasta el 30 31 de junio diciembre de 2022.
Se prorrogan hasta el 30 31 de junio diciembre de 2022 los descuentos del bono social aplicables a los consumidores domésticos de energía eléctrica recogidos en el artículo 6.3 del Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre, por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctrica, establecidos en el artículo 1 del Real Decreto-ley 23/2021, de 26 de octubre, de medidas urgentes en materia de energía para la protección de los consumidores y la introducción de transparencia en los mercados mayorista y minorista de electricidad y gas natural.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
27 de junio de 2022 En vigor BOE-A-2022-10557 Leer Qué cambió
31 de marzo de 2022 Texto original Leer

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