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Legislación › Real Decreto 217/2022, de 29 de marzo, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Secundaria Obligatoria.

ANEXO IV

ANEXO IV

Horario escolar, expresado en horas, correspondiente a las enseñanzas mínimas para la Educación Secundaria Obligatoria

Para los tres primeros cursos
Biología y Geología. 105
Educación Física. 105
Educación Plástica, Visual y Audiovisual. 105
Física y Química. 105
Geografía e Historia. 195
Lengua Castellana y Literatura. 325
Lengua Extranjera. 290
Matemáticas. 260
Música. 105
Religión. 105
Tecnología y Digitalización. 140
En algún curso de la etapa
Educación en Valores Cívicos y Éticos. 35
Para el cuarto curso
Biología y Geología*. 65
Digitalización *. 65
Economía y Emprendimiento*. 65
Educación Física. 35
Expresión Artística*. 65
Física y Química*. 65
Formación y Orientación Personal y Profesional*. 65
Geografía e Historia. 65
Latín*. 65
Lengua Castellana y Literatura. 115
Lengua Extranjera. 100
Matemáticas A y B. 100
Música*. 65
Religión. 35
Segunda Lengua Extranjera*. 65
Tecnología*. 65

* El alumnado deberá elegir tres de las materias señaladas.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 6.4 de la Ley Orgánica de Educación, las comunidades autónomas que tengan lengua cooficial dispondrán para la organización de las enseñanzas de dicha lengua del 10 % del horario escolar total que se deriva de este anexo, no pudiendo detraer de una materia una cifra superior al 30 % del horario correspondiente a las enseñanzas mínimas.

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