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Legislación › Decreto-ley 1/2022, de 20 de enero, por el que se adoptan medidas urgentes en materia urbanística y económica para la construcción o reconstrucción de viviendas habituales afectadas por la erupción volcánica en la isla de La Palma.

Disposición adicional segunda. Adaptación del planeamiento.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 24 de enero de 2022 y la del 19 de diciembre de 2023. Tachado: lo que se quitó (38 palabras). Subrayado: lo que se añadió (24 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición adicional segunda. Reconocimiento de la compatibilidad de las edificaciones autorizadas en la ordenación urbanística. Adaptación del planeamiento.
La compatibilidad de las edificaciones y obras autorizadas por los acuerdos plenarios a que se refiere el artículo 6.7 edificaciones, incluyendo las de esta norma urbanización que procedan, y del uso a que se destinen deberá reconocerse en tendrá efecto directo, sin perjuicio de la adaptación de la correspondiente ordenación urbanística que se llevará a cabo a través de la primera modificación sustancial plena que se lleve a cabo en el respectivo Municipio. municipio.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
12 de junio de 2024 En vigor BOE-A-2024-15709 Leer Qué cambió
19 de diciembre de 2023 BOE-A-2024-4428 Leer Qué cambió
24 de enero de 2022 Texto original Leer

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