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Legislación › Resolución de 1 de abril de 2022, de la Dirección General de Salud Pública, relativa a los controles sanitarios a realizar en los puntos de entrada de España.

Duodécimo. Excepciones.

Duodécimo. Excepciones.

Quedan excluidos del ámbito de aplicación de esta Resolución:

1. Las tripulaciones de los medios de transporte internacional necesarias para llevar a cabo las labores de transporte.

2. Los menores de doce años.

3. Los pasajeros que lleguen a España en tránsito a otros países, siempre que no abandonen el entorno portuario o aeroportuario y que su estancia en España no sea superior a 24 horas.

Sin perjuicio de la aplicación de lo previsto en el apartado decimoprimero de la presente Resolución, los trabajadores de mar y tripulaciones de medios de transporte internacional que lleguen a España como pasajeros, cuando se encuentren de regreso de su campaña a bordo de un buque, en viaje de retorno a su base de operaciones o en tránsito para embarcar o desembarcar en otros, quedan exentos de la presentación de las certificaciones reguladas en los apartados anteriores de la presente Resolución, siempre que justifiquen su condición de tripulante y la imposibilidad de obtención de las citadas certificaciones.

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