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Legislación › Resolución de 1 de abril de 2022, de la Dirección General de Salud Pública, relativa a los controles sanitarios a realizar en los puntos de entrada de España.

Noveno. Pasajeros en cruceros internacionales.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 6 de abril de 2022 y la del 20 de septiembre de 2022. Tachado: lo que se quitó (63 palabras). Subrayado: lo que se añadió (2 palabras). Volver al texto en vigor

Noveno. Pasajeros en cruceros internacionales.
Los buques de pasaje de tipo crucero que realicen viajes internacionales y naveguen por aguas del mar territorial con objeto de entrar en los puertos españoles abiertos a la navegación internacional, deberán cumplir con las condiciones recogidas en el documento «Medidas sanitarias para el restablecimiento de los cruceros internacionales» elaborado por el Ministerio de Sanidad y disponible en su página web (https:// www.mscbs.gob.es/). (Sin efecto)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
20 de septiembre de 2022 En vigor BOE-A-2022-15206 Leer Qué cambió
6 de abril de 2022 Texto original Leer

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