Legislación › Orden EFP/279/2022, de 4 de abril, por la que se regulan la evaluación y la promoción en la Educación Primaria, así como la evaluación, la promoción y la titulación en la Educación Secundaria Obligatoria, el Bachillerato y la Formación Profesional en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación y Formación Profesional.
Artículo 10. Informe de final de etapa.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 9 de abril de 2022 y la del 22 de julio de 2022.
Tachado: lo que se quitó (2 palabras). Subrayado: lo que se añadió (42 palabras).
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Artículo 10. Informe de final de etapa.
Con (Derogado)
Téngase en cuenta que este artículo ha sido derogado por la disposición derogatoria única.2 de la Orden EFP/678/2022, de 15 de julio. BOE-A-2022-12066, con los efectos y alcances establecidos en la disposición final segunda de la misma.
Redacción anterior:
"Con el fin de garantizar la continuidad del proceso de formación del alumnado, cada alumno o alumna dispondrá al finalizar la etapa de un informe elaborado por su tutor o tutora, conforme al modelo que figura en el anexo II, sobre su evolución y el grado de adquisición de las competencias desarrolladas. desarrolladas."
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 22 de julio de 2022 En vigor | BOE-A-2022-12066 | Leer | Qué cambió |
| 9 de abril de 2022 | Texto original | Leer |


