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Legislación › Orden EFP/279/2022, de 4 de abril, por la que se regulan la evaluación y la promoción en la Educación Primaria, así como la evaluación, la promoción y la titulación en la Educación Secundaria Obligatoria, el Bachillerato y la Formación Profesional en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación y Formación Profesional.

Artículo 9. Informe de final de ciclo.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 9 de abril de 2022 y la del 22 de julio de 2022. Tachado: lo que se quitó (2 palabras). Subrayado: lo que se añadió (42 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 9. Informe de final de ciclo.
Al (Derogado)
Téngase en cuenta que este artículo ha sido derogado por la disposición derogatoria única.2 de la Orden EFP/678/2022, de 15 de julio. BOE-A-2022-12066, con los efectos y alcances establecidos en la disposición final segunda de la misma.
Redacción anterior:
"Al
finalizar segundo y cuarto curso, el tutor o tutora emitirá, conforme al modelo que figura en el anexo I, un informe sobre el grado de adquisición de las competencias de cada alumno o alumna. alumna."

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
22 de julio de 2022 En vigor BOE-A-2022-12066 Leer Qué cambió
9 de abril de 2022 Texto original Leer

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