Legislación › Ley 2/2022, de 1 de abril, de bibliotecas de Extremadura.
Artículo 1. Objeto.
Artículo 1. Objeto.
El objeto de la presente ley es establecer las bases y la estructura necesarias para la planificación, organización, funcionamiento y coordinación del Sistema Bibliotecario de Extremadura, garantizando el derecho de acceso a la cultura y al conocimiento de todas las personas en condiciones de igualdad.


