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Legislación › Ley 2/2022, de 1 de abril, de bibliotecas de Extremadura.

Artículo 1. Objeto.

Artículo 1. Objeto.

El objeto de la presente ley es establecer las bases y la estructura necesarias para la planificación, organización, funcionamiento y coordinación del Sistema Bibliotecario de Extremadura, garantizando el derecho de acceso a la cultura y al conocimiento de todas las personas en condiciones de igualdad.

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