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Legislación › Ley 2/2022, de 1 de abril, de bibliotecas de Extremadura.

Disposición transitoria primera. Integración en el Sistema Bibliotecario de Extremadura.

Disposición transitoria primera. Integración en el Sistema Bibliotecario de Extremadura.

Hasta la entrada en vigor del procedimiento previsto en la disposición final segunda, continuará vigente el Decreto 134/1998, de 17 de noviembre, por el que se establece el procedimiento de integración de Centros y Servicios de Bibliotecas en el Sistema Bibliotecario de Extremadura.

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