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Legislación › Ley Foral 4/2022, de 22 de marzo, de Cambio Climático y Transición Energética.

Disposición derogatoria única.

Disposición derogatoria única.

1. Quedan derogadas todas las normas de igual o inferior rango en lo que contradigan o se opongan a lo dispuesto en la presente ley foral.

2. Quedan derogadas expresamente las siguientes disposiciones:

– Ley Foral 10/2005, de 9 de noviembre, de ordenación del alumbrado para la protección del medio ambiente.

– Decreto Foral 199/2007, de 17 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 10/2005, de 9 de noviembre, de ordenación del alumbrado para la protección del medio ambiente.

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