LexTotal

Legislación › Ley 3/2022, de 29 de marzo, reguladora del juego y las apuestas de La Rioja y de la prevención del juego problemático y patológico.

Disposición transitoria tercera. Empresas de juego y titulares de autorizaciones de juego.

Disposición transitoria tercera. Empresas de juego y titulares de autorizaciones de juego.

Los establecimientos autorizados a los que se hace referencia en el artículo 33 y, en general las empresas y titulares de autorizaciones, deberán adaptarse a la presente ley en el plazo de un año desde su entrada en vigor.

← Disposición transitoria segunda Índice Disposición transitoria cuarta →