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Legislación › Real Decreto 305/2022, de 3 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Ministerio Fiscal.

Artículo 100. Permiso por riesgo durante el embarazo o lactancia natural.

Artículo 100. Permiso por riesgo durante el embarazo o lactancia natural.

1. Cuando las condiciones de desempeño de sus funciones y las particulares circunstancias de su puesto de trabajo puedan influir negativamente en su salud y en la de su hijo, podrá concederse a las fiscales permiso que reconozca ese riesgo durante el embarazo o durante el periodo de lactancia natural.

2. No obstante, en estos casos, los Fiscales Jefes procurarán adaptar las condiciones y el tiempo de trabajo a las circunstancias personales de las fiscales para evitar dicho riesgo.

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