Legislación › Real Decreto 305/2022, de 3 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Ministerio Fiscal.
Artículo 169. Acuerdo de no iniciación o archivo.
Artículo 169. Acuerdo de no iniciación o archivo.
Frente a la decisión del Fiscal Promotor de la Acción Disciplinaria de no iniciar expediente disciplinario, o de archivar uno ya iniciado, se podrá interponer recurso potestativo de reposición o recurso contencioso-administrativo directo. Si el recurso fuere estimado, se iniciará o continuará el expediente disciplinario de que se trate.


