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Real Decreto 310/2022, de 3 de mayo, por el que se completa el régimen jurídico para la aprobación de los cambios de espacio aéreo y los procedimientos civiles de vuelo.
En vigor Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática · Publicada el 5 de mayo de 2022 · Último cambio el 5 de mayo de 2022 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Definiciones.
- Artículo 3. Ámbito de aplicación.
- CAPÍTULO II
- Sección 1
- Artículo 4. Estructuras de espacio aéreo permanentes.
- Artículo 5. Diseño de estructuras de espacio aéreo permanentes.
- Artículo 6. Solicitud de cambio de espacio aéreo permanente.
- Artículo 7. Evaluación ambiental de cambios de espacio aéreo que incluyan procedimientos civiles de vuelo nuevos, modificación de existentes o supongan un cambio en la operación de un aeródromo.
- Artículo 8. Remisión de las solicitudes a la Comisión Interministerial entre los Ministerios de Defensa y Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
- Artículo 9. Aprobación de cambios de espacio aéreo permanentes.
- Artículo 10. Efectos.
- Artículo 11. Revisión periódica del diseño de estructuras de espacio aéreo permanentes.
- Sección 2
- Artículo 12. Estructuras de espacio aéreo temporales.
- Artículo 13. Pruebas de innovación de espacio aéreo.
- CAPÍTULO III
- Sección 1
- Artículo 14. Certificación de proveedor de servicios de diseño de procedimientos de vuelo.
- Sección 2
- Artículo 15. Competencias y obligaciones en materia de procedimientos civiles de vuelo.
- Artículo 16. Solicitud de establecimiento o modificación de procedimientos civiles de vuelo.
- Artículo 17. Diseño de procedimientos civiles de vuelo.
- Artículo 18. Coordinaciones entre los principales actores involucrados.
- Artículo 19. Evaluación ambiental.
- Artículo 20. Aprobación de los procedimientos civiles de vuelo.
- Artículo 21. Efectos.
- Artículo 22. Mantenimiento continuo y revisión periódica del diseño de los procedimientos civiles de vuelo.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 23. Interacción entre los cambios de espacio aéreo y los procedimientos civiles de vuelo.
- Artículo 24. Coordinación con otros instrumentos de carácter aeronáutico.
- CAPÍTULO V
- Artículo 25. Financiación en el proceso de establecimiento o modificación de estructuras de espacio aéreo o procedimientos civiles de vuelo.
- Disposición adicional única. No incremento de gasto público.
- Disposición transitoria primera. Estructuras de espacio aéreo y procedimientos civiles de vuelo en tramitación.
- Disposición transitoria segunda. Revisión periódica y mantenimiento continuo.
- Disposición final primera. Revisión periódica de las estructuras de espacio aéreo ya publicadas.
- Disposición final segunda. Revisión del periodo de uso y horario de activación de las estructuras de espacio aéreo ya publicadas.
- Disposición final tercera. Título competencial.
- Disposición final cuarta. Habilitación para el desarrollo y adaptación.
- Disposición final quinta. Entrada en vigor.
- [firma]


