Legislación › Resolución de 8 de abril de 2022, de la Dirección de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, por la que se actualizan las Directrices operativas para la gestión de pasajeros aéreos y personal de aviación con relación a la pandemia COVID-19.
ANEXO 1
ANEXO 1
Material de orientación
El objetivo de este anexo es recoger pautas operativas a seguir por parte de los gestores aeroportuarios y operadores aéreos cuando sea necesario y así se establezca por parte de la autoridad competente. Por tanto, las disposiciones que aparecen a continuación no tienen carácter obligatorio, sino que se trata de material de guía o consulta.
Los operadores aéreos, el gestor aeroportuario y otros proveedores de servicios y partes interesadas deben coordinar sus acciones a través del Comité Español de Facilitación del Transporte Aéreo, para disminuir los riesgos y garantizar el adecuado cumplimiento de la normativa.
Principios generales:
– Puesta en marcha de medidas destinadas a disuadir a los pasajeros sintomáticos, a través de actividades de comunicación de riesgos y promoción de la salud.
– Implementación de distanciamiento físico entre las personas que no viajan juntas, estableciendo los procedimientos de mitigación del riesgo adecuados, extremando la implantación del resto de las medidas contempladas, y poniéndolo en conocimiento de los pasajeros y otro personal en el aeropuerto.
– Evitar colas en las áreas de alta concentración de pasajeros (las marcas del suelo pueden ayudar a los pasajeros a mantener el distanciamiento físico).
– El uso de mascarillas en función de la normativa sanitaria en vigor.
– Medidas de higiene para el personal y los pasajeros.
– La limpieza y desinfección de la infraestructura de la terminal y todos los equipos de manera regular, y su frecuencia debería aumentarse según sea necesario en función del tráfico.
– Fomentar el uso de procesos electrónicos alternativos (por ejemplo, check-in móvil).
– Proporcionar acceso a agua mediante fuentes o máquinas expendedoras, cuando no sea posible conseguirla por el cierre de las instalaciones aeroportuarias.
– Disponibilidad en las instalaciones del aeropuerto y en la cabina de vuelo de los materiales de promoción de seguridad de la salud. Se debería prestar especial atención a las áreas de alta concentración de pasajeros y al formato de los materiales (en todas las lenguas nacionales e inglés).
– Limpieza y desinfección de todas las áreas con potencial de contacto humano y transmisión según lo prescrito por las autoridades de salud pública.
– El sistema de climatización (HVAC) se podrá configurar en el modo más favorable.
(Estos principios deberían regir, en la medida de lo posible, en las terminales de aviación general).
1) Gestión de pasajeros. Por razones de claridad, y de acuerdo con el sumario de la guía de EASA, esta guía sobre la gestión de pasajeros se presenta en la siguiente secuencia: En todo momento, antes de llegar al aeropuerto de salida, al aeropuerto, a bordo de la aeronave y al aeropuerto de llegada.
Las medidas propuestas se evaluarán y actualizarán periódicamente de acuerdo con los cambios en el conocimiento del riesgo de transmisión, así como con el desarrollo de otras medidas de diagnóstico o prevención.
En todo momento:
Objetivo: Garantizar que los pasajeros que lleguen al aeropuerto conozcan y cumplan con las medidas de prevención establecidas para garantizar un entorno seguro.
Para ello, se comunicará a los pasajeros que el distanciamiento físico entre individuos debe mantenerse siempre que sea posible en el aeropuerto.
Además, se informará de la obligatoriedad de uso de mascarillas quirúrgicas o de protección superior, según normativa vigente, para todos los pasajeros y personas dentro del aeropuerto y la aeronave, desde el momento en que entren en el edificio de la terminal hasta que salen del terminal en el aeropuerto de destino.
El uso de mascarillas no será exigible para las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla o que, por su situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla, o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.
Las razones médicas que permiten exenciones en el uso de una mascarilla deben estar documentadas en un certificado médico emitido por un especialista adecuado y normalmente se limitan a:
– Enfermedad pulmonar restrictiva grave con un umbral de capacidad vital forzada (FVC) del 55 % predicho y un umbral de DLCO del 40 % o con un índice GAP superior a 5.
– Discapacidades mentales o físicas que no permitan el uso adecuado de una máscara facial.
A este respecto, los operadores aéreos deben proporcionar información clara a todos sus pasajeros y permitir flexibilidad en caso de que los resultados de las pruebas sean positivos. Los menores de doce años están exentos de la realización de esta prueba diagnóstica.
Los pasajeros que se nieguen a cumplir las medidas preventivas establecidas se les debe negar el acceso al edificio terminal del aeropuerto, a la cabina de la aeronave, o se les debe desembarcar, si el hecho tiene lugar antes de que se cierren las puertas de la aeronave, y ser retirados de las instalaciones del aeropuerto por las autoridades competentes de acuerdo con la legislación nacional/local. Además, en función de los requisitos nacionales, pueden ser objeto de acciones adicionales determinadas por las autoridades locales del aeropuerto de salida.
Comunicar a los pasajeros que, por lo general, las mascarillas quirúrgicas se deben reemplazar después de usarlas según indicaciones del fabricante, o cuando se mojan o se ensucian, y que deben garantizar un suministro suficiente de mascarillas adecuadas para toda la duración de su viaje.
Disponibilidad de papeleras en las instalaciones del aeropuerto y las bolsas de basura de un solo uso a bordo y al desembarcar para desechar las mascarillas usadas.
El gestor aeroportuario y los operadores aéreos informarán sobre el uso y retirada apropiada de las mascarillas y la forma correcta de desecharlas en su material de promoción de seguridad de la salud.
El gestor aeroportuario considerará la posibilidad de implementar sistemas que permitan adquirir mascarillas quirúrgicas o de protección superior en los aeropuertos (por ejemplo, a través de máquinas expendedoras).
El uso de mascarillas es una medida complementaria y no un reemplazo de las medidas de prevención establecidas, tales como distanciamiento físico, etiqueta respiratoria, higiene de las manos y evitar tocar la cara, nariz, ojos y boca, pero sí una medida alternativa en caso de no poder cumplir la distancia física.
Además, los pasajeros observarán las siguientes medidas, a menos que el personal del aeropuerto o los miembros de la tripulación aérea indiquen lo contrario:
– Higiene de manos: Lavándose con agua y jabón o, cuando no esté disponible, utilizando una solución desinfectante para manos a base de alcohol.
– Etiqueta respiratoria: Cubrir la boca y la nariz con una toalla de papel o un codo flexionado al estornudar o toser, incluso cuando se usa una mascarilla.
– Limitar el contacto directo de cualquier superficie en el aeropuerto y en la aeronave solo cuando sea necesario.
Se proporcionará el equipo de protección (EPI) necesario y se asegurará la formación necesaria para el uso de los equipos a los miembros del personal del gestor aeroportuario, operadores aéreos y proveedores de servicios.
Además, los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales se asegurarán de proporcionar al personal que interactúa directamente con los pasajeros los elementos de protección que se requieran en cada caso en base a la normativa en vigor.
Los miembros del personal que interactúan con los pasajeros desde detrás de una pantalla de protección no tienen que usar equipo de protección personal en todo momento.
Además, si las pantallas necesitan tener ventanillas para gestionar los documentos, los pasajeros deben mantenerse alejados del mostrador a menos que entreguen documentos y equipaje. Esto se puede facilitar con marcas específicas en el suelo, que podrán extenderse a la cola para mantener el distanciamiento físico.
A pesar del uso de EPI, la higiene de manos debe reforzarse en todo momento. Cuando se usen guantes, deben cambiarse regularmente. No todos los tipos de guantes se pueden desinfectar con una solución a base de alcohol. Algunos pueden deteriorarse significativamente y contribuir a la contaminación. Por lo tanto, no se recomienda la desinfección de guantes. Cuando el personal use guantes, los operadores recordarán que usar guantes no protege contra la propagación del virus y alertarán sobre la posible falsa sensación de seguridad que pueden crear si no se siguen escrupulosamente las medidas paralelas.
Se notificará regularmente a los pasajeros a través de mensajes visuales y de audio de las medidas preventivas adoptadas. También se les debe informar las consecuencias de no cumplir con tales medidas.
A los pasajeros que no cumplan con las medidas señaladas se les denegará el acceso al edificio de la terminal del aeropuerto, a la cabina de la aeronave, o desembarcará, si los hechos han ocurrido antes de que se cierren las puertas de la aeronave. Además, pueden ser sancionados si incumplen las medidas adoptadas por el Estado.
Si el hecho tiene lugar durante el vuelo, se debe aplicar el procedimiento de pasajeros conflictivos, pudiendo además ser sancionados en virtud de las Leyes de Seguridad Aérea y General de Salud Pública.
Antes de llegar al aeropuerto:
Objetivo: Reducir las posibilidades de que cualquier pasajero con síntomas compatibles con COVID-19 llegue al aeropuerto y garantizar que los pasajeros que lleguen al aeropuerto conozcan las medidas preventivas establecidas.
Se informará a los pasajeros, a través de los canales adecuados de comunicación, para que eviten acudir al aeropuerto si presentan síntomas compatibles con la COVID-19 o se encuentran en periodo de aislamiento o cuarentena de acuerdo a las directrices sanitarias en vigor. En dicha comunicación, advertirá de que una posible detección de síntomas en el aeropuerto podría dar lugar a las acciones pertinentes por parte de las autoridades competentes.
Se recomienda a los operadores aéreos que ofrezcan incentivos tales como cambio de reserva o reembolso sin costo sobre la base de un certificado médico que confirme la infección por COVID-19 o para aquellos pasajeros que estén en período de aislamiento o cuarentena de acuerdo con las directrices establecidas por las autoridades sanitarias.
Se comunicará a los pasajeros el uso de mascarilla quirúrgica o de protección superior en el aeropuerto y a bordo de la aeronave, según normativa en vigor, excepto donde se especifique lo contrario. Además, sobre la duración prevista de las medidas preventivas vigentes para programar su llegada al aeropuerto a su debido tiempo.
Así mismo, se debería evitar la formación de multitudes y colas, lo que aumentaría los riesgos de transmisión y crearía una vulnerabilidad de seguridad potencial.
En coordinación con el gestor aeroportuario, asistir a los pasajeros en la utilización de procedimientos de auto-facturación, siempre que ésta resulte posible, e incentivar la facturación del equipaje para evitar que sea transportado en cabina, advirtiendo de que no se facturen baterías de litio dentro del equipaje.
Por último, según establezca la normativa vigente se podrá recabar antes del vuelo y preferiblemente antes de la llegada al aeropuerto, la declaración de cada pasajero de acuerdo con el modelo de declaración COVID-19 habilitado al efecto (modelo incorporado como anexo 3 al presente documento).
Consideraciones para la gestión de pasajeros en el aeropuerto:
Objetivo: Reducir el riesgo de transmisión del virus de pasajeros potencialmente contagiosos asintomáticos.
Los pasajeros deben recibir información sobre los síntomas de COVID-19 y el riesgo de un posible contacto con casos de COVID-19 y se les debe pedir que reconozcan haber leído esta información y que firmen o autentifiquen electrónicamente un acuse de recibo. Esto debe hacerse antes del vuelo, bien antes de la llegada al aeropuerto durante el proceso de facturación en línea, a través de un enlace de mensaje de texto (SMS) o a través de otro medio aceptable para las autoridades nacionales. Los pasajeros deben ser conscientes de las consecuencias de hacer una declaración falsa.
Limpieza y desinfección: Se incrementarán las actividades de limpieza tanto en amplitud como en frecuencia.
El procedimiento para garantizar que la limpieza y desinfección se implementará de la forma siguiente:
– La limpieza y desinfección periódicas de las superficies convendría realizarse con detergentes estándar, con especial cuidado en las superficies que se tocan con frecuencia (por ejemplo, picaporte de puertas, barandillas, botones, lavabos, autobuses, etc.).
– Intensificar la limpieza de bandejas y colocar desinfectante de manos en la entrada y salida de los lugares de seguridad para fomentar la higiene de las manos. Alternativamente, se pueden usar cubiertas de bandeja de un solo uso.
– Favorecer una ventilación de aire adecuada, minimizando el porcentaje de recirculación de aire y favoreciendo, cuando sea posible, el uso de aire fresco.
– La limpieza y el mantenimiento también deben incluir inodoros, todas las superficies que se tocan con frecuencia y el sistema de aire acondicionado, incluido el uso de filtros de aire y el aumento de la frecuencia del reemplazo del filtro.
– Los operadores aéreos deben realizar la limpieza y desinfección de sus aeronaves de acuerdo con la guía de limpieza y desinfección de aeronaves de EASA.
Pantallas protectoras: Siempre que el personal aeroportuario interactúe con los pasajeros desde una ubicación fija, las pantallas protectoras deben instalarse de tal manera que permitan la entrega de los documentos requeridos, pero proporcionen protección al miembro del personal de las gotas respiratorias de los pasajeros, y viceversa.
En la medida de lo posible se implementarán tecnologías o procesos que ayuden a la desinfección de las pantallas.
Check-in y embarque: Se recomienda adoptar medidas para ayudar e incentivar a los pasajeros a utilizar los procedimientos de auto check-in, siempre que lo contemple el operador aéreo en sus procedimientos de facturación, y minimizar la cantidad de equipaje de mano que se lleva a la cabina.
En este sentido, conviene fomentar que los pasajeros completen los procesos de facturación antes de llegar al aeropuerto. El check-in en línea, la tarjeta de embarque móvil, el etiquetado de equipaje fuera del aeropuerto y otras iniciativas contribuirán a reducir la cantidad de contacto con el personal y la infraestructura del aeropuerto.
En los mostradores de check-in tradicionales, se debe considerar el uso de señalización en el área de espera para alentar el distanciamiento social y considerar la instalación de barreras transparentes frente al personal en los mostradores.
Siempre que sea posible, el aeropuerto debe utilizar procesos y tecnología sin contacto, incluida la biometría sin contacto, como el reconocimiento facial o de iris. Se recomienda aplicar dichos procesos de identificación digital en auto facturación de equipaje, control de fronteras, puertas de embarque, etc. y tecnología sin contacto en puntos de venta minoristas y libres de impuestos, etc.
Esto eliminará o reducirá en gran medida la necesidad de contacto con documentos de viaje entre el personal y los pasajeros. También puede acelerar varios procesos, lo que resulta en una mejor protección de la salud, colas reducidas y otras eficiencias del proceso.
Se recomienda promover el transporte de equipaje en los compartimentos de carga.
Los operadores aéreos y el gestor aeroportuario deben cooperar para garantizar que se respete el distanciamiento físico, especialmente durante el check-in, el control de seguridad, el embarque previo y el embarque.
Los flujos opuestos deberán encontrarse separados. Esto podría lograrse mediante marcas en el suelo, señales de dirección, cordones, etc.
El acceso a los baños del aeropuerto debe respetar los principios de distanciamiento físico.
Antes de embarcar, se debe recordar a los pasajeros que deben garantizar un suministro suficiente de mascarillas quirúrgicas o de protección superior para toda la duración de su viaje. No obstante, los operadores aéreos y el gestor aeroportuario también deberían considerar permitir la adquisición de mascarillas quirúrgicas o de protección superior en caso de que los pasajeros no tengan acceso a las mascarillas de antemano.
El uso de mascarillas no será exigible para las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla o que, por su situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla, o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.
Las razones médicas que permiten exenciones en el uso de una mascarilla deben estar documentadas en un certificado médico emitido por un especialista adecuado y normalmente se limitan a:
– Enfermedad pulmonar restrictiva grave con un umbral de capacidad vital forzada (FVC) del 55 % predicho y un umbral de DLCO del 40 % o con un índice GAP superior a 5.
– Discapacidades mentales o físicas que no permitan el uso adecuado de una máscara facial.
Por otro lado, operador aéreo debe incentivar el uso de mostradores de facturación en modo autoservicio (self bag drop) para minimizar el contacto entre personas.
Gestión de pasajeros a bordo de la aeronave:
Objetivo: Reducir el riesgo residual de transmisión de COVID-19 en una aeronave, en el caso de que un pasajero asintomático esté a bordo.
Se debe proporcionar material de orientación a los pasajeros sobre las medidas de seguridad a bordo, que pueden incluir:
– Higiene de manos, particularmente antes de comer o beber y después de usar el baño.
– Uso apropiado de mascarillas.
– Etiqueta respiratoria.
– Limitar el contacto con las superficies de la cabina.
– Servicio a bordo reducido.
– Reducir el uso de boquillas de suministro de aire individuales en la mayor medida posible, a menos que el fabricante de la aeronave recomiende lo contrario.
Las demostraciones de seguridad a bordo de la aeronave deben incluir que, en caso de emergencia, los pasajeros deben quitarse las mascarillas antes de usar las mascarillas de oxígeno de la aeronave.
Además, se deberá indicar a los miembros de su tripulación que se quiten las mascarillas protectoras en caso de emergencia, para facilitar la comunicación de instrucciones a los pasajeros.
Se recomienda a los operadores aéreos que utilizan la recirculación del aire de la cabina que instalen y usen filtros HEPA, de acuerdo con las especificaciones del fabricante, o que eviten el uso de la recirculación del aire de la cabina por completo, siempre que se confirme que esto no comprometerá ninguna función crítica de seguridad.
Los operadores aéreos deben considerar revisar sus procedimientos para el uso de ventiladores de recirculación en los sistemas de aire acondicionado en función de la información proporcionada por el fabricante de la aeronave o, si no está disponible, buscar el asesoramiento del fabricante para lograr los objetivos establecidos anteriormente.
Si la aeronave dispone de la opción de operación con alto flujo de aire (high pack flow), se deberá contactar con el fabricante del sistema para obtener recomendaciones sobre su ajuste. En caso de que el procedimiento de operación en vuelo de la aeronave exija mantener el sistema de flujo de aire apagado durante el despegue, se debe volver a encender una vez las prestaciones de potencia lo permitan.
Con el objetivo de mejorar la calidad de aire de la cabina, se recomienda el uso de todos los paquetes de flujo de aire y el sangrado del APU o el sistema de aire acondicionado externo de pasarela dependiendo de la configuración de la aeronave y de acuerdo con los procedimientos aplicables como las restricciones de uso del APU.
Se debe tener en cuenta que el aire pre-acondicionado externo (PCA) es tratado en la aeronave, de la misma manera que el aire procedente del APU, es decir, pasando a través de los filtros HEPA, si está equipada con ellos.
Los operadores aéreos y el gestor aeroportuario deben colaborar para garantizar que los pasajeros no se encuentren a bordo de la aeronave sin la ventilación adecuada durante más de treinta minutos.
Además, los operadores aéreos deben garantizar, en la medida de lo posible, el distanciamiento físico entre los pasajeros. Para ello, deberán modificar en la medida de sus posibilidades el proceso de asignación de asientos, procurando la máxima distancia entre los pasajeros, a excepción de los miembros de la familia y las personas que viajan juntas como parte del mismo hogar que podrán sentarse uno al lado del otro.
Si no se puede garantizar el distanciamiento físico debido a la ocupación de la aeronave, la configuración del asiento u otras restricciones operativas, los pasajeros y los miembros de la tripulación a bordo de un avión deben cumplir en todo momento con todas las demás medidas preventivas, incluida la estricta higiene de las manos y la etiqueta respiratoria, y deben usar una mascarilla quirúrgica o de protección superior según normativa vigente.
Se podrán reducir los servicios en vuelo al mínimo necesario para garantizar la comodidad y el bienestar de los pasajeros y limitar el contacto entre los miembros de la tripulación de cabina y los pasajeros, teniendo debidamente en cuenta la duración del vuelo. Entre estas medidas, podrían considerarse las siguientes:
– No vender productos libres de impuestos ni otros productos no esenciales a bordo.
– Reducir el servicio de comida y bebida al mínimo necesario para garantizar el bienestar de los pasajeros.
– Cuando se ofrezca el servicio de alimentos y bebidas, la opción preferida son los productos alimenticios y bebidas pre-envasados y sellados, como las bebidas enlatadas. Además, los operadores aéreos deben establecer medidas de mitigación apropiadas para garantizar que cuando los pasajeros se sienten uno al lado del otro no se quiten las mascarillas al mismo tiempo para comer o beber. Además, los operadores de aeronaves deben tener en cuenta en su evaluación de riesgos los efectos del consumo de alcohol en cuanto al cumplimiento de las recomendaciones a bordo y las diferencias en la forma de consumir alcohol en comparación con la forma de consumir bebidas no alcohólicas.
– Siempre que sea posible, debe evitarse el pago que implique contacto o contacto, como los pagos en efectivo, para mitigar el riesgo potencial de transmisión entre los miembros de la tripulación de cabina y los pasajeros.
Se debe recordar a los pasajeros que deben permanecer sentados en su asiento asignado con el cinturón de seguridad abrochado en la medida de lo posible.
Se deberá llevar una cantidad suficiente de mascarillas quirúrgicas o de protección superior a bordo para poner a disposición de los pasajeros, especialmente para vuelos de larga distancia donde la necesidad de cambiar las mascarillas puede ser necesaria.
Los pasajeros deben ser regularmente informados de la obligación de llevar mascarilla durante todo el vuelo y hasta que abandonen las instalaciones del aeropuerto de destino, y de que no deben quitársela si no es necesario, según indique la normativa vigente. La mascarilla debe quedar ajustada a la cara, cubriendo la nariz y la boca completamente.
Cuando se reemplace las mascarillas, deberá hacerse tocando únicamente las cintas o gomas de sujeción para evitar la contaminación de las manos. Se debe recordar a los pasajeros que lleven la mascarilla de forma adecuada y que cuando se reemplacen se depositen en las bolsas habilitadas (no se tiren al suelo de la cabina o se dejen sobre los asientos).
Se debe prestar especial atención a la prevención y el tratamiento de los pasajeros conflictivos y potencialmente conflictivos en el contexto de las presiones impuestas por la pandemia. Esto debería considerar acciones de varias capas que comiencen con la información del pasajero y la preparación sobre las medidas implementadas, y preste atención a los procedimientos y las acciones de la tripulación necesarias para mitigar este riesgo.
Si durante el vuelo, algún pasajero se niega a cumplir las medidas preventivas establecidas deberán seguirse los procedimientos relativos al tratamiento de los casos de pasajeros conflictivos. Si tales incidentes ponen en peligro la seguridad del vuelo o la salud de los demás pasajeros y de los miembros de la tripulación, las autoridades locales del aeropuerto de destino podrán adoptar medidas adicionales de acuerdo con los requisitos nacionales.
Si se identifica a un caso positivo antes del despegue, se debe informar al aeropuerto y se deben seguir las instrucciones dadas por la autoridad sanitaria competente.
Gestión de pasajeros a bordo con síntomas compatibles con COVID-19:
Objetivo: Reducir el riesgo de transmisión de un pasajero sintomático a bordo durante el vuelo.
En el caso de que, después del despegue, un pasajero muestre síntomas compatibles con COVID-19, como fiebre, tos persistente, vómitos, diarrea, dificultad para respirar u otros síntomas similares a la gripe, se deben considerar las siguientes medidas:
– La tripulación debe asegurarse de que el pasajero use su mascarilla correctamente y tenga mascarillas adicionales disponibles para reemplazarla en caso de que se moje después de toser o estornudar. Si no se puede tolerar una mascarilla, la persona enferma debe cubrirse la boca y la nariz con pañuelos desechables al toser o estornudar. En caso de que el pasajero tenga dificultades para respirar, se debe buscar asistencia médica y ofrecer suplementos de oxígeno.
– El pasajero debe estar aislado a bordo. Dependiendo de la configuración de la aeronave, la ocupación y distribución real de pasajeros, la posición del caso sintomático y en la medida de lo posible:
• Se debe definir un área de aislamiento, dejando, si es posible, dos (2) asientos despejados en cada dirección alrededor del pasajero sospechoso.
• cuando una zona de aislamiento pueda separarse físicamente del resto de la cabina, sólo la fila respectiva deberá permanecer desocupada para permitir la instalación del sistema de separación. Dicha cabina de aislamiento físico debe ser transparente para permitir la observación del estado de salud de los pasajeros, debe estar separada del resto de la cabina y debe cumplir con todos los requisitos de emergencia de la aviación, incluyendo la evacuación de emergencia y el uso de oxígeno de emergencia.
• Teniendo en cuenta todos los factores, cuando sea posible, el pasajero sospechoso debe estar sentado en el asiento de la ventana de la última fila, preferiblemente en el lado de la aeronave donde está la válvula de salida.
• Cuando sea posible, el baño más cercano al pasajero sospechoso debe estar específicamente designado para él y no debe ser utilizado por el resto de los pasajeros o la tripulación.
• De acuerdo con la composición de la tripulación de cabina, el miembro superior de la tripulación de cabina debe designar miembros específicos de la tripulación para proporcionar el servicio necesario en vuelo a las áreas de aislamiento. Este miembro de la tripulación de cabina debe ser elegido entre los que hayan tenido contacto previo con el pasajero sospechoso. El miembro designado de la tripulación debe usar el EPI en el Kit de precaución universal de la aeronave. El miembro designado de la tripulación debe minimizar el contacto cercano con otros miembros de la tripulación y evitar otro contacto innecesario con otros pasajeros.
– Siempre que sea posible, la boquilla de suministro de aire individual para el pasajero sintomático debe cerrarse para limitar la propagación potencial de gotas.
– Si el pasajero sospechoso viaja acompañado, los acompañantes del pasajero también deben estar confinados en el área de aislamiento, incluso cuando no presenten ningún síntoma.
– La tripulación deberá informar al aeropuerto de destino a través del sistema de control del tráfico aéreo, seguir sus instrucciones y cumplimentar la Parte Sanitaria de la Declaración General de Aeronave en la que se indique la información sanitaria a bordo y enviarla a las autoridades sanitarias del aeropuerto de destino si le es requerida.
– Después de que el vuelo haya aterrizado y otros pasajeros hayan desembarcado, el pasajero aislado y, cuando corresponda, los miembros de la tripulación deben ser transferidos de acuerdo con las instrucciones proporcionadas.
– Después de desembarcar al caso sospechoso de COVID-19, la limpieza y desinfección de la aeronave debe realizarse de acuerdo con la guía provisional de EASA sobre limpieza y desinfección de aeronaves. El EPI usado, como delantales, mascarillas faciales, protectores faciales y cualquier otro producto desechable como restos de comida y bebida, servilletas, papel, etc. debe desecharse en una bolsa de desechos separada, bien cerrada, que no puede desecharse como desecho normal, de acuerdo con las guías de aplicación internacionales.
– Disponer a bordo de la aeronave de al menos un kit de precaución universal (UPK por sus siglas en inglés). Estos kits deben ser usados para asistir a un posible caso de COVID-19 y/o para la limpieza y desecho de posibles elementos contaminados a bordo de la aeronave.
Gestión de pasajeros de llegada y en tránsito:
Objetivo: Reducir el riesgo residual de que, si una persona infectada hubiera estado en un vuelo o en el aeropuerto, infectaría a otros pasajeros en el aeropuerto de llegada y/o en la región de destino.
Desembarque: Se debe recordar a los pasajeros, que deben adherirse a las medidas de seguridad indicadas.
Los operadores aéreos garantizarán, contando con la colaboración del gestor aeroportuario, que se practique el distanciamiento físico tanto como sea posible durante el procedimiento de desembarque. Las mascarillas quirúrgicas o de protección superior usadas se depositarán en las papeleras disponibles a lo largo de las instalaciones del aeropuerto. Se recomienda que las mismas sean fácilmente accesibles (por ejemplo, la instalación de «no-touch bins») para depositar las mascarillas y no permitirán recuperar el material desechado.
Dependiendo de las instalaciones de la terminal y la disposición de la plataforma, el desembarque se puede realizar a través de autobuses desde la aeronave estacionada, caminando de manera separada desde la aeronave estacionada en la plataforma hasta la puerta, y finalmente usando las escaleras o pasarelas directamente a la terminal.
Cuando se usen autobuses en el proceso de desembarque, se recomienda el uso de una mayor cantidad de autobuses para acomodar el distanciamiento físico dentro de ellos. El desembarque debe realizarse por filas comenzando por las más cercanas a las salidas en uso, saliendo en primer lugar los pasajeros ubicados en el pasillo, a continuación, los ubicados en asientos centrales y por último en ventanilla; o un procedimiento alternativo que garantice el distanciamiento físico en la mayor medida posible y evite las colas. Se deberán tener en cuenta los requisitos de peso y centrado de la aeronave para evitar problemas de seguridad (tail tipping) a la hora de definir los procesos de embarque y desembarque. Así mismo, los responsables de prevención de los agentes de handling podrán establecer los procedimientos adecuados de acuerdo con la normativa en vigor.
Todas las instalaciones utilizadas en el proceso de desembarque deben estar sujetas a limpieza y ventilación.
Datos de contacto de pasajeros: Los operadores de transporte aéreo con número de asiento pre asignado deberán conservar, a disposición de las autoridades de salud pública, la información de contacto de los pasajeros durante un mínimo de cuatro semanas, con la finalidad de realizar la trazabilidad de los contactos.
Control de la temperatura corporal en el aeropuerto de llegada: La toma de la temperatura deberá hacerse mediante termómetros sin contacto o por cámaras termográficas. No se almacenarán datos personales ni las imágenes captadas por las cámaras termográficas, debiendo garantizarse la privacidad del pasajero en todo momento.
Reclamación de equipaje y salida del aeropuerto de llegada: Se informará a los pasajeros que tengan debidamente en cuenta las medidas preventivas descritas en esta guía, incluido el uso de las instalaciones del aeropuerto.
Para trámites aduaneros, siempre que sea posible, se recomiendan carriles verdes/rojos para auto-declaraciones. Deben tomarse medidas sanitarias apropiadas en los puntos de control secundarios para proteger a los pasajeros y al personal.
Se debe fomentar, el empleo de servicios de reparto cuando sea posible entregar directamente el equipaje en el hotel o la residencia del pasajero.
La información de localización del equipaje debe estar a disposición del pasajero para que este pueda presentar reclamaciones en caso de pérdida o daño sin necesidad de esperar para reclamar presencialmente.
2) Gestión de miembros del personal de aviación.
Objetivo: Reducir el riesgo residual de infección por parte de los pasajeros al personal y viceversa y evitar procedimientos duplicados.
Los miembros de la tripulación, los miembros del personal del aeropuerto y los miembros del personal del proveedor de servicios estarán exentos de los procedimientos de evaluación COVID-19 del aeropuerto, sujetos a que la aerolínea o el gestor aeroportuario, según corresponda, hayan implementado un procedimiento equivalente para controlar el estado de salud de los miembros de su personal.
Los operadores aéreos deben poner a disposición de sus tripulaciones una declaración de control de la salud. La gestión y el tratamiento de estas declaraciones deben cumplir las normas de protección de datos aplicables, incluido el Reglamento general de protección de datos (RGPD).
Además, el gestor aeroportuario, en la medida de lo posible, debe garantizar flujos separados para las tripulaciones con el fin de garantizar que el distanciamiento físico de los pasajeros esté garantizado en todo momento. Los equipos empleados comúnmente por el personal como ordenadores, tablets, radios, auriculares, etc. se desinfectarán previo a su utilización.
Los tripulantes que viajen como pasajeros en el ámbito de su actividad laboral están exentos de los controles sanitarios de llegada. Para ello, deberán presentar un documento que acredite que se encuentran dentro de su actividad laboral expedido por su compañía y acompañarlo de su licencia de vuelo.
Sin embargo, aquellos tripulantes que se desplacen como pasajeros en otro ámbito distinto del laboral, sí les sería de aplicación las normas del presente documento, incluidos los controles sanitarios de llegada.


