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Legislación › Ley 10/2021, de 28 de diciembre, de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Artículo 139. Hecho imponible.

Artículo 139. Hecho imponible.

Constituyen el hecho imponible de la tasa las nuevas ocupaciones de terrenos de vías pecuarias que se realicen por autorizaciones y concesiones, de acuerdo con las disposiciones específicas de aplicación.

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