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Legislación › Ley 10/2021, de 28 de diciembre, de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Artículo 160. Cuota tributaria.

Artículo 160. Cuota tributaria.

1. La tasa se exigirá de acuerdo con la siguiente tarifa:

1. Por cada solicitud de concesión de la etiqueta ecológica solicitada por pequeñas y medianas empresas, y para los operadores en los países en desarrollo. 330,98 euros.
2. Por cada solicitud de concesión de la etiqueta ecológica solicitada por microempresas. 220,65 euros.
3. Por solicitud no incluida en los apartados 1 o 2. 441,31 euros.

2. Los costes generados por las pruebas que pueden resultar necesarias en relación con los productos o servicios sujetos a solicitud de la etiqueta ecológica serán satisfechos por los solicitantes o titulares.

A estos efectos se estará a la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas prevista en el artículo 2 del anexo I del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

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