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Legislación › Ley 10/2021, de 28 de diciembre, de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Artículo 163. Hecho imponible.

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Artículo 163. Hecho imponible.
Constituye el hecho imponible de la tasa la tramitación de la solicitud de inscripción o declaración responsable para la habilitación de quienes deseen ejercer su ampliación en el Registro de Entidades Colaboradoras actividad como entidades colaboradoras en materia de calidad ambiental en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Andalucía, así como la ampliación de los ámbitos y/o actividades habilitadas.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2023 En vigor BOE-A-2023-1604 Leer Qué cambió
1 de enero de 2022 Texto original Leer

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