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Legislación › Ley 10/2021, de 28 de diciembre, de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Artículo 242. Devengo.

Artículo 242. Devengo.

La tasa se devengará cuando se presente la solicitud de expedición del título oficial de Técnico de Empresas y Actividades Turísticas, y de emisión de certificaciones, que no se tramitará sin que se haya efectuado el pago correspondiente.

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