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Legislación › Ley 10/2021, de 28 de diciembre, de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Artículo 253. Sujetos pasivos.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2022 y la del 1 de enero de 2023. Tachado: lo que se quitó (4 palabras). Subrayado: lo que se añadió (7 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 253. Sujetos pasivos.
Serán sujetos pasivos de la tasa las personas que soliciten la inscripción en las convocatorias que realice realicen la Administración de la Comunidad Autónoma Junta de Andalucía Andalucía, sus agencias y consorcios, para la selección del personal.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2023 En vigor BOE-A-2023-1604 Leer Qué cambió
1 de enero de 2022 Texto original Leer

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