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Legislación › Ley 10/2021, de 28 de diciembre, de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Artículo 35. Recursos.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2022 y la del 1 de enero de 2026. Tachado: lo que se quitó (33 palabras). Subrayado: lo que se añadió (23 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 35. Recursos.
Contra los actos de gestión, liquidación y liquidación, recaudación e imposición de los precios públicos, así como contra las sanciones derivadas en materia de los mismos, podrá precios públicos podrán interponerse recurso potestativo de reposición ante el órgano los recursos que dictó el acto recurrido o directamente recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional competente. correspondan conforme a lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2026 En vigor BOE-A-2026-945 Leer Qué cambió
1 de enero de 2022 Texto original Leer

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