Legislación › Ley 10/2021, de 28 de diciembre, de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Artículo 58. Hecho imponible.
Artículo 58. Hecho imponible.
Constituye el hecho imponible de la tasa la prestación de servicios y la realización de actividades para la defensa, conservación y mejora de la ganadería que se enumeran en el artículo 60, tanto si son solicitados por las personas interesadas como si se prestan de oficio.


