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Legislación › Ley 10/2021, de 28 de diciembre, de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Artículo 58. Hecho imponible.

Artículo 58. Hecho imponible.

Constituye el hecho imponible de la tasa la prestación de servicios y la realización de actividades para la defensa, conservación y mejora de la ganadería que se enumeran en el artículo 60, tanto si son solicitados por las personas interesadas como si se prestan de oficio.

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