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Legislación › Ley 10/2021, de 28 de diciembre, de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Artículo 69. Cuota tributaria.

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Artículo 69. Cuota tributaria.
El importe de la cuota tributaria por la expedición o renovación de la licencia es:
Clase 1. ·
Licencia de pesca desde tierra. ·
5,92 euros.
recreativa para aguas interiores con duración 1 día ·
Clase 2. 6,35 euros ·
Licencia de pesca individual desde embarcación. recreativa para aguas interiores con duración 3 días ·
11,79 euros. 6,54 euros ·
Clase 3. Licencia de pesca recreativa para aguas interiores con duración 1 mes ·
8,25 euros ·
Licencia de pesca colectiva desde embarcación. recreativa para aguas interiores con duración 1 año ·
11,79 euros. 9,52 euros ·
Clase 4. Licencia de pesca recreativa para aguas interiores con duración 2 años ·
12,70 euros ·
Licencia de pesca submarina. recreativa para aguas interiores con duración 3 años ·
8,81 15,87 euros. ·

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2025 En vigor BOE-A-2025-413 Leer Qué cambió
1 de enero de 2022 Texto original Leer

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