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Legislación › Ley 1/2022, de 13 de abril, de Transparencia y Buen Gobierno de la Comunitat Valenciana.

Artículo 58. Seguimiento del plan de gobierno.

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Artículo 58. Seguimiento del plan de gobierno.
1. El Consell aprobará, semestralmente, un documento de seguimiento del plan de gobierno en el que se especifique el grado de desarrollo de los proyectos de ley, planes, programas y actuaciones que lo constituyen. Así mismo, el documento incluirá las modificaciones que, como consecuencia de la ejecución de lo planificado y de las variaciones temporales o de medios disponibles, se quieran incorporar al plan.
2. La información sobre el seguimiento del plan de gobierno se publicará en el portal de transparencia de la Generalitat. Para facilitar su seguimiento se fomentará el uso de herramientas de rendición de cuentas y cuadros de mando que incluyan indicadores para facilitar la actualización y visualización de la información.
(Suprimido)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
27 de agosto de 2024 En vigor BOE-A-2024-20162 Leer Qué cambió
12 de mayo de 2022 Texto original Leer

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