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Legislación › Ley 1/2022, de 13 de abril, de Transparencia y Buen Gobierno de la Comunitat Valenciana.

Artículo 67. Responsabilidad.

Artículo 67. Responsabilidad.

1. Son responsables de las infracciones las personas físicas o jurídicas, cualquiera que sea su naturaleza, que realicen acciones o que incurran en las omisiones tipificadas en la presente ley con dolo, culpa o negligencia.

2. En particular, son responsables:

a) Las personas que ocupen altos cargos y asimilados y el personal al servicio de las organizaciones previstas en el artículo 3.

b) Los organismos y las entidades obligadas a cumplir la legislación básica a los que hacen referencia el artículo 4 y el apartado 1 del artículo 5.

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