Legislación › Resolución de 19 de mayo de 2022, de la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, por la que se publica la Directriz 1/2022, de 19 de mayo, para la evaluación de las cabinas que alojan cinemómetros.
ANEXO
ANEXO
Directriz por la que se establece la sistemática para la evaluación de las cabinas que alojan a los cinemómetros
La Orden ICT/155/2021, de 7 de febrero, por la que se regula el control metrológico del Estado de determinados instrumentos de medida, regula en su anexo XII, los instrumentos destinados a medir la velocidad de circulación de vehículos a motor, cinemómetros. Estos instrumentos, en función de su tipo de instalación pueden ser fijos que son los que están instalados sobre emplazamientos permanentes que, generalmente van ubicados en contenedores o cabinas que les sirven de alojamiento, soporte y protección.
Los cinemómetros y las cabinas que pueden contenerlos, han estado sometidos al control metrológico del Estado en virtud de la Orden ITC/3123/2010, de 26 de noviembre, por la que se regula el control metrológico del Estado de los instrumentos destinados a medir la velocidad de circulación de vehículos a motor. A partir del 25 de octubre de 2020, dicha orden queda derogada, siendo de aplicación la Orden ICT/155/2020, de 7 de febrero.
Los procedimientos de evaluación de la conformidad y verificaciones periódicas y verificaciones después de reparación o modificación que se establecían para las cabinas que sirven de alojamiento a los cinemómetros de acuerdo con la Orden ITC/3123/2010, de 26 de noviembre, eran básicamente los siguientes:
a) Para la evaluación de la conformidad se debería utilizar el módulo G tal como se establece en el anexo III del Real Decreto 889/2006, de 21 de julio, por el que se regula el control metrológico del Estado sobre instrumentos de medida.
b) Para la fase de instrumentos en servicio de las cabinas, serían de aplicación las verificaciones periódicas cada seis años y, en su caso, las verificaciones después de reparación o modificación.
En su virtud se acuerda:


