Legislación › Resolución de 20 de diciembre de 2021, del Consorcio de la Zona Especial Canaria, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Rector de 29 de noviembre de 2021, por el que se aprueba la Instrucción de organización interna y servicios.
Artículo 12. Servicio Jurídico.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 20 de enero de 2022 y la del 1 de diciembre de 2025.
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Artículo 12. Servicio Jurídico.
El Corresponde al Servicio Jurídico, adscrito a la Dirección de régimen interior, supervisión y control, ejerce Jurídico las siguientes funciones:
– a) El asesoramiento jurídico, de carácter preceptivo o facultativo, a los órganos y servicios del CZEC. organismo.
– b) La asistencia jurídica al departamento de administración en la contratación. tramitación de los recursos administrativos y reclamaciones patrimoniales.
– c) La asistencia jurídica en materia de procedimientos sancionadores.
d) La coordinación para el cumplimiento de las obligaciones legales en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos.
e) La elaboración y tramitación de los procedimientos sancionadores convenios, acuerdos y conciertos que haya de recursos. suscribir el organismo.
f) La elaboración de los informes de las disposiciones de carácter general que promuevan otras administraciones.
g) El impulso de la contratación, junto con el servicio de administración.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de diciembre de 2025 En vigor | BOE-A-2025-24339 | Leer | Qué cambió |
| 20 de enero de 2022 | Texto original | Leer |


