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Legislación › Resolución de 20 de diciembre de 2021, del Consorcio de la Zona Especial Canaria, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Rector de 29 de noviembre de 2021, por el que se aprueba la Instrucción de organización interna y servicios.

Artículo 14. Unidad de inspección, control y datos.

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Artículo 14. Unidad de inspección, control y datos.
La unidad de inspección, control y datos es el servicio adscrito a la Dirección de régimen interior, supervisión y control al que corresponde:
– El análisis del cumplimiento de los requisitos de las entidades ZEC.
– El impulso de la tramitación de los expedientes sancionadores, junto con el servicio jurídico.
– Velar por la integridad del Registro de Entidades ZEC.
– La elaboración de informes, cuadros de mando y gestión de los datos estratégicos e indicadores del Consorcio.
– La gestión de datos del organismo.
– La tramitación y resolución de solicitudes de acceso a la información de organismo.
– La gestión de la inteligencia de promoción del régimen fiscal de la ZEC, junto con la dirección de promoción.
– La propuesta de la estrategia de inteligencia de promoción del organismo, junto con la dirección de promoción.
(Suprimido)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de diciembre de 2025 En vigor BOE-A-2025-24339 Leer Qué cambió
20 de enero de 2022 Texto original Leer

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