Legislación › Resolución de 20 de diciembre de 2021, del Consorcio de la Zona Especial Canaria, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Rector de 29 de noviembre de 2021, por el que se aprueba la Instrucción de organización interna y servicios.
ANEXO
ANEXO
Acuerdo número 219.2021, del 29 de noviembre, del Consejo Rector del Consorcio de la Zona Especial Canaria por el que se aprueba la Instrucción de organización interna y servicios del Consorcio de la Zona Especial Canaria
El Consejo Rector del Consorcio de la Zona Especial Canaria, en sesión del 28 de noviembre de 2018, aprobó el Acuerdo-Instrucción de organización del Consorcio de la Zona Especial Canaria. En el mismo se organizaban los servicios del Consorcio en dos direcciones de agencia provinciales, con jefatura sobre todos los servicios del Consorcio, y una dirección de administración, de carácter horizontal.
El 31 de marzo de 2021 aprobó el Consejo Rector estructurar el Consorcio de la Zona Especial Canaria en torno a dos direcciones de ámbito regional: la Dirección de Régimen Interior, Vigilancia y Supervisión, y la Dirección de Promoción y Servicios a Entidades ZEC. Dicha nueva estructura pretende superar la división provincial en tanto esta genera asimetrías de criterios y funcionamientos. Además, se pretende una mayor especialización en las funciones del Consorcio, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 19/1994, de 6 de julio, de modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias, así como garantizar una mayor independencia y ausencia de conflictos de intereses en los mismos, sin perjuicio de la necesaria coordinación y colaboración. La instrucción que se aprueba desarrolla y aplica esa estructura.
Las letras h), e i) del artículo 38 de la mencionada Ley 19/1994 atribuye al Consejo Rector de la Zona Especial Canaria la competencia para dictar las instrucciones sobre el funcionamiento de la Zona Especial Canaria, así como establecer sus normas y las de sus órganos adscritos, en materia de gestión y funcionamiento interno. Del mismo modo, los apartados 1 a) y 2 del artículo 7 del Estatuto del Consejo Rector de la ZEC, aprobado por Real Decreto 1050/1995, de 23 de junio, establecen que corresponde al Consejo Rector organizar los servicios del Consorcio, así como estructurar los servicios del Consorcio.
En virtud de lo anterior, el Consejo Rector, en sesión de 29 de noviembre de 2021, y a propuesta de su Presidente, acuerda:


