Legislación › Ley 4/2022, de 19 de mayo, del Recurso de Casación Civil Vasco.
Disposición transitoria primera. Resoluciones judiciales recurribles antes de la entrada en vigor de la ley.
Disposición transitoria primera. Resoluciones judiciales recurribles antes de la entrada en vigor de la ley.
Serán recurribles en casación, con arreglo a lo dispuesto en la presente ley, las resoluciones judiciales que, dictadas antes de su entrada en vigor, se encuentren en tiempo hábil de ser recurridas.


