Legislación › Resolución de 14 de junio de 2022, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sobre organización, funciones y atribución de competencias en el área de recaudación.
Disposición transitoria primera.
Disposición transitoria primera.
La Mesa Nacional de Subastas ejercerá las competencias reconocidas en la presente resolución respecto de los procedimientos de enajenación que se hayan iniciado a partir del 1 de marzo de 2021, correspondiendo a las Mesas Regionales de Enajenación ejercerlas en relación con los procedimientos de enajenación iniciados con anterioridad a dicha fecha.
A estos efectos, se entenderá iniciado el procedimiento de enajenación con la emisión del acuerdo de enajenación.
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