Legislación › Ley 5/2023, de 5 de abril, de reconocimiento del escultismo.
Disposición final segunda. Habilitación presupuestaria.
Disposición final segunda. Habilitación presupuestaria.
Los preceptos que conllevan gastos con cargo a los presupuestos de la Generalitat o una disminución de los ingresos producen efectos a partir de la entrada en vigor de la ley de presupuestos correspondiente al ejercicio presupuestario inmediatamente posterior a la entrada en vigor de la presente ley.
← Disposición final primera Índice Disposición final tercera →


