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Legislación › Ley 4/2023, de 13 de abril, de Participación Ciudadana y Fomento del Asociacionismo de la Comunitat Valenciana.

Artículo 45. Reconocimiento del movimiento asociativo.

Artículo 45. Reconocimiento del movimiento asociativo.

1. Las administraciones públicas reconocen el papel primordial del asociacionismo en la pertinencia y eficacia de las políticas públicas en la Comunitat Valenciana.

2. A efectos de este capítulo, se entiende por asociacionismo el movimiento de la sociedad civil canalizado a través de entidades ciudadanas con personalidad jurídica y sin ánimo de lucro, para tratar los asuntos de interés comunitario y ofrecer nuevos cauces de comunicación entre la ciudadanía y los poderes públicos.

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