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Legislación › Ley 11/2023, de 30 de marzo, de uso estratégico de la contratación pública de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Artículo 2. Ámbito subjetivo.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 17 de mayo de 2023 y la del 28 de noviembre de 2023. Tachado: lo que se quitó (2 palabras). Subrayado: lo que se añadió (12 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 2. Ámbito subjetivo.
Esta ley será de aplicación, en los términos y con el alcance que en la misma se determina, al a los entes del sector público autonómico y local de la Comunidad Autónoma de Aragón. Aragón que tengan la condición de poder adjudicador.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
28 de noviembre de 2023 En vigor BOE-A-2024-282 Leer Qué cambió
17 de mayo de 2023 Texto original Leer

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