Legislación › Ley 11/2023, de 30 de marzo, de uso estratégico de la contratación pública de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Artículo 2. Ámbito subjetivo.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 17 de mayo de 2023 y la del 28 de noviembre de 2023.
Tachado: lo que se quitó (2 palabras). Subrayado: lo que se añadió (12 palabras).
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Artículo 2. Ámbito subjetivo.
Esta ley será de aplicación, en los términos y con el alcance que en la misma se determina, al a los entes del sector público autonómico y local de la Comunidad Autónoma de Aragón. Aragón que tengan la condición de poder adjudicador.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 28 de noviembre de 2023 En vigor | BOE-A-2024-282 | Leer | Qué cambió |
| 17 de mayo de 2023 | Texto original | Leer |


