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Legislación › Ley 11/2023, de 30 de marzo, de uso estratégico de la contratación pública de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Artículo 8. Plan anual de contratación.

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Artículo 8. Programa Plan anual de licitación. contratación.
1. Cada departamento del Gobierno de Aragón y las entidades del sector público autonómico aprobarán un programa plan anual de licitación contratación en el mes siguiente a la entrada en vigor de la ley de sus presupuestos del para el ejercicio correspondiente, previa evaluación del grado de ejecución de los contratos en vigor y atendiendo especialmente a la de aquellos que persigan la satisfacción de necesidades recurrentes, al objeto de incrementar su eficacia, eficiencia y sostenibilidad, social y medioambiental. De esta programación, se excluyen los contratos menores.
2. El programa plan anual tendrá carácter orientativo, pero la información incluirá como mínimo los siguientes datos:
a) El el objeto de los contratos y los objetivos estratégicos que se incorporan,
b) el tipo de contrato,
c) su valor estimado,
d) el procedimiento de adjudicación que se prevea utilizar,
e) la fecha estimada de la licitación,
f) los contratos o lotes reservados a los centros especiales de empleo o a empresas de inserción,
g) la indicación del carácter anual o plurianual de los contratos,
h) una referencia de aquellos contratos que, por sus características, resulten más apropiados a la estructura de la pequeña y mediana empresa o de las personas profesionales autónomas.
Asimismo, el programa plan anual de licitación contratación incluirá la previsión de encargos a medios propios, así como una evaluación del grado de desarrollo del programa plan del ejercicio anterior, con indicación de la fase procedimental en la que se encuentren los contratos.
3. El programa plan anual de licitación contratación indicará expresamente aquellas necesidades que puedan ser satisfechas a través de soluciones o procesos de carácter innovador, así como la previsión de los contratos especialmente idóneos para la aplicación de soluciones innovadoras.
4. El programa plan anual de licitación contratación será objeto de publicación en el Portal de Transparencia y en la Plataforma de Contratación del Sector Público de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
28 de noviembre de 2023 En vigor BOE-A-2024-282 Leer Qué cambió
17 de mayo de 2023 Texto original Leer

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