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Orden APA/466/2023, de 3 de mayo, por la que se regula la actividad de las flotas que operan al amparo del acuerdo entre el Reino de España y la República Portuguesa sobre condiciones de ejercicio de la actividad de las flotas española y portuguesa en las aguas de ambos países.
En vigor Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación · Publicada el 9 de mayo de 2023 · Último cambio el 9 de mayo de 2023 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Medidas técnicas.
- Artículo 3. Concesión de las autorizaciones de pesca y criterios.
- Artículo 4. Solicitudes de autorización.
- Artículo 5. Condiciones de utilización de las autorizaciones de pesca.
- Artículo 6. Modificaciones de buques de las listas base.
- Artículo 7. Infracciones y sanciones.
- Disposición adicional primera. Guía de procedimiento para la autorización a buques de arrastre de caladero nacional (Cantábrico Noroeste y Golfo de Cádiz) a faenar en aguas de Portugal al amparo del Acuerdo bilateral, así como la autorización a buques de arrastre de fondo en aguas de Portugal que pretenden faenar en aguas del Caladero Nacional.
- Disposición adicional segunda. Comunicación de autorizaciones.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
- [firma]
- ANEXO I
- ANEXO II
- ANEXO III
- ANEXO IV
- ANEXO V
- ANEXO VI
- ANEXO VII
- ANEXO VIII


