Legislación › Ley 9/2023, de 3 de abril, de Agricultura Familiar y de Acceso a la Tierra en Castilla-La Mancha.
Artículo 12. Beneficios fiscales.
Artículo 12. Beneficios fiscales.
La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en el marco de la normativa estatal sobre cesión de tributos a las Comunidades Autónomas, o en sus tributos propios podrá establecer mediante ley las bonificaciones fiscales aplicables a las explotaciones familiares agrarias.


