Legislación › Ley 4/2023, de 27 de abril, del Estatuto de las personas consumidoras y usuarias.
Artículo 100. Advertencias y requerimientos.
Artículo 100. Advertencias y requerimientos.
Kontsumobide-Instituto Vasco de Consumo podrá advertir de su situación a las personas empresarias que incumplan alguno de los deberes que afecten a los derechos de las personas consumidoras y usuarias, así como requerirles su cumplimiento, en un plazo adecuado a la índole de la obligación y al riesgo detectado, sin perjuicio de las demás medidas contempladas en esta ley, incluida la incoación de expedientes sancionadores.


