Legislación › Ley 4/2023, de 27 de febrero, de prestaciones sociales de carácter económico de las Illes Balears.
Artículo 31. Pago de la prestación económica.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 8 de marzo de 2023 y la del 14 de junio de 2026.
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Artículo 31. Pago de la prestación económica económica.
1. La concesión de la renta social garantizada reportará meritará efectos económicos a partir del primer día del mes siguiente a la fecha de registro de entrada de la solicitud, salvo excepto en el supuesto previsto en el artículo 29.3 anterior.
2. Los pagos deben efectuarse se efectuarán por mensualidades vencidas.
3. En Para poder percibir los pagos, será imprescindible disponer del correspondiente número de identificación fiscal o número de identificación de extranjeros y ser titular de una cuenta corriente en una entidad bancaria radicada en territorio español.
4. A efectos de lo que prevé el caso artículo 14 de expedientes esta ley, para los casos de reintegro por pagos indebidos de la renta social garantizada iniciados con una desestimación presunta o expresa, total o parcial, por causas diferentes de la prevista en la letra i) del ingreso mínimo vital, artículo 35.1, se podrán articular reglamentariamente, en el marco de la fecha legislación de efectos económicos será finanzas aplicable, los mecanismos necesarios para que se puedan llevar a partir del primer día cabo con el menor perjuicio económico para la unidad de convivencia afectada y, siempre que sea posible, se priorizará la fórmula de reintegro por compensación regulada en el párrafo segundo del mes siguiente a artículo 77.2 de la fecha Ley 14/2014, de registro 29 de entrada diciembre, de finanzas de la solicitud del ingreso mínimo vital, comunidad autónoma de las Illes Balears, para las relaciones jurídicas de trato sucesivo con terceros, siempre que se compruebe que se reunían los requisitos de el interesado conserve el derecho a la renta social garantizada en ese momento. prestación o lo haya adquirido de nuevo.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 14 de junio de 2026 En vigor | BOE-A-2026-15579 | Leer | Qué cambió |
| 8 de marzo de 2023 | Texto original | Leer |


