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Legislación › Ley 4/2023, de 27 de febrero, de prestaciones sociales de carácter económico de las Illes Balears.

Artículo 74. Infracciones graves

Artículo 74. Infracciones graves

Son infracciones graves:

a) Dos o más faltas leves en un plazo de un año.

b) No comunicar, en el plazo máximo de treinta días, al órgano instructor, los siguientes cambios sustanciales de situación personal o patrimonial:

i. Modificación del número de los miembros de la unidad de convivencia.

ii. Contrato laboral superior a treinta días de jornada completa.

iii. Obtener ingresos superiores al 150 % de la renta de emancipación.

iv. No residir de forma efectiva y continuada en las Illes Balears durante tres meses.

c) Las actuaciones dirigidas a obtener o conservar la renta de emancipación, sabiendo que no se cumplen los requisitos para tenerla.

d) La utilización de la prestación para fines distintos de los establecidos en esta ley.

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