Legislación › Ley 4/2023, de 27 de febrero, de prestaciones sociales de carácter económico de las Illes Balears.
Artículo 77. Concurrencia pública.
Artículo 77. Concurrencia pública.
La creación de prestaciones sociales de carácter económico provistas con créditos presupuestarios limitados a las cantidades consignadas en el presupuesto correspondiente, se tramitará en un procedimiento de concurrencia pública, teniendo en cuenta criterios de prelación del estado de necesidad.


