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Legislación › Ley 4/2023, de 27 de febrero, de prestaciones sociales de carácter económico de las Illes Balears.

Artículo 77. Concurrencia pública.

Artículo 77. Concurrencia pública.

La creación de prestaciones sociales de carácter económico provistas con créditos presupuestarios limitados a las cantidades consignadas en el presupuesto correspondiente, se tramitará en un procedimiento de concurrencia pública, teniendo en cuenta criterios de prelación del estado de necesidad.

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